Puede que en alguna ocasión haya llegado una carta a nombre de otra persona a tu buzón y la hayas abierto por confusión. También ha podido ocurrir el caso contrario, que al recoger tu correo postal te has encontrado con alguna de tus cartas estaba abierta, posiblemente debido a un error del cartero que ha echado tu correspondencia en el buzón de un vecino y que este la haya abierto pensando que era suya. Seguramente ante estas situaciones no se te ha ocurrido pensar si al abrir la correspondencia del vecino estás cometiendo un delito.
En la mayoría de los casos estas situaciones se producen por despiste y no tienen mayor importancia; ahora bien, si nos dedicamos a difundir el contenido de la carta que hemos abierto por error con otras personas se puede entender que “existe intencionalidad para descubrir información que afecta a la intimidad de una persona” y en tal caso podemos tener problemas y enfrentarnos a una denuncia por violación de la correspondencia.
La apropiación de la correspondencia ajena es un delito recogido en el Código Penal. En su artículo 197.1º indica que se castigará con penas de prisión de entre uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses a el que “para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales”. Además, este artículo recoge, que si además de apropiarse de la correspondencia se difunden, revelan o se ceden a terceras personas los datos descubiertos serán castigados con penas de prisión de 2 a 5 años.
En general el abrir una carta no dirigida a nosotros se considera una violación de la correspondencia cuando existe intencionalidad, es decir, queremos descubrir secretos que vulneren la intimidad de una persona. Dentro del concepto considerado violación de la correspondencia se incluye el acto de interceptar, abrir, sustraer, destruir o revelar el contenido de una carta a otras personas.
Si alguna vez se te ha pasado por la cabeza cotillear la correspondencia del vecino ya sabes que abrir y difundir la información de las cartas ajenas es un delito que puede conllevar penas de cárcel de hasta cinco años.
Y, ¿qué pasa en el caso contrario? ¿Cómo actuar si un vecino roba mi correspondencia o abre mis cartas?
Como en todo delito existe la presunción de inocencia Así que si sospechas que algún vecino o alguien ajeno a tu comunidad está sustrayendo las cartas de tu buzón debes recabar las pruebas necesarias para poner la denuncia. El que interpone la denuncia es quién debe recopilar las pruebas en las que se base la acusación.
Pero, ¡cuidado! Antes de dar este paso y denunciar a alguien por violación de correspondencia es importante que la denuncia esté bien fundamentada con las pruebas necesarias, ya que si no nos podemos encontrar con una querella por delito de calumnias por parte de la persona denunciada.
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