Vivimos rodeados de publicidad. Cada día nos llegan miles de anuncios publicitarios y a veces ni siquiera somos conscientes de ello; en la radio, televisión, carteles en carreteras y calles, en el móvil, internet, redes sociales… La publicidad en todos sus formatos ocupa gran parte de nuestras vidas y seguirá creciendo en el futuro.
La publicidad tiene grandes ventajas: nos proporciona información y nos permite conocer nuevos productos y servicios. Sin embargo no todo son ventajas y en ocasiones se hace un uso inadecuado de misma, proporcionando una información errónea y manipulando a los consumidores.
En España existe una legislación para regular la publicidad que establece una serie de normas que hay que cumplir para que un anuncio sea legal.
¿Cuándo es ilegal la publicidad?
Según la Ley General de Publicidad se considera publicidad ilícita cuando:
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- La publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos fundamentales reconocidos en la Constitución.En este punto están recogidos los anuncios que sean vejatorios o discriminatorios contra la mujer y que utilicen su cuerpo de forma desvinculada de lo que se pretende anunciar. Por ejemplo no sería legal un anuncio que utiliza desnudos o imágenes con contenido sexual para publicitar un producto que no tiene ninguna relación con ello.
- La publicidad que incite a los menores a comprar un producto o servicio explotando su credulidad o inexperiencia. Igualmente no son legales los anuncios publicitarios en los que aparezcan los niños persuadiendo de la compra del producto que se promociona a sus padres o que presenten a los niños en situaciones peligrosas. Todos los anuncios publicitarios dirigidos a menores deben mostrar claramente las características del producto, su seguridad y también las capacidades y aptitudes del niño para utilizarlo sin hacerse daño a si mismo ni dañar a otras personas.
- La publicidad desleal que intente desacreditar a otra empresa de la competencia.
- Publicidad engañosa que muestre propiedades falsas de un producto o servicio.
- Publicidad agresiva que mediante el acoso o la coacción altera la libertad de elección o conducta del consumidor.
- La publicidad subliminal, que incide sobre el público sin que sea percibida de forma consciente. Es decir los anuncios publicitarios que nos generan la necesidad de consumir un producto sin que seamos consciente de ello.
Determinados productos y servicios tienen que cumplir además con los requisitos que establece la normativa reguladora para los mismos. Este es el caso de productos sanitarios y medicamentos; casas de juegos y azar; o las bebidas alcohólicas.
Leyendo este post seguro que te viene a la cabeza algunos anuncios publicitarios que están en el límite de la legalidad o directamente incumplen la legislación vigente.
Cuando realizamos una campaña publicitaria para nuestro negocio hay que conocer claramente lo que no debemos hacer. De esta forma además de evitar que nuestra publicidad se convierta en ilícita nos ahorraremos problemas con la justicia, o situaciones que desacrediten nuestra marca frente a los clientes.
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